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ADMINISTRADOR(A) CONJUNTO RESIDENCIAL - CAMINOS DE GRANADA

Tiempo Parcial - Contrato civil por prestación de servicios
Postularse

Descripcion del empleo

Requisitos para el administrador:

Título profesional en ciencias económicas, administrativas, contador, diplomado en Administración de la Propiedad Horizontal.

• Experiencia en Administración de PH de más de 150 unidades de vivienda, mínimo 3 años de experiencia.
• Contar con conocimientos muy específicos en contabilidad y administración de propiedad horizontal.
• Conocimiento de la Ley 675 de 2001 y toda la legislación de PH.
• Conocimiento del Código de Policía.
• Conocimiento y manejo de herramientas ofimáticas (Word, Excel, Power Point, Internet).
• Conocimiento sobre elaboración, análisis y ejecución de presupuestos y cobro de cartera.
• Conocimiento o formación en seguridad y salud en el trabajo (SGSST).
• Manejo de herramientas informáticas y del programa contable SISCO.
• Manejo de Ley de Protección de Datos (Habeas Data).
• Experiencia preferiblemente con conjuntos nuevos estrato 4.
• No estar inmerso, ni haber estado en procesos disciplinarios, fiscales, judiciales y laborales.
• No propietarios.
• Aplicación Manual convivencia y multas.
• No debe tener parentesco con los miembros del consejo
• Debe residir en la ciudad de Bogotá.
• Horario a convenir

Soportes requeridos:

• Hoja de vida
• Propuesta de trabajo
• Certificaciones Laborales y/o Experiencia
• Certificaciones de Estudios (Diplomas – Actas de grado)
• Referencia Personales (tres)
• Referencia Laborales (mínimo tres o todas las que certifique su experiencia)
• Certificados de afiliación a Salud, Pensión y Riesgos Profesionales
• Fotocopia del Documento de Identidad
• Fotocopia de Tarjeta Profesional
• Certificado de Antecedentes de: Procuraduría, Personería, Contraloría y Policía.

Detalles del Conjunto Residencial:
• Edificabilidad: 12 y 11 Pisos
• Torres: 6
• Unidades de Vivienda: 270 apartamentos
• Parqueaderos privados: 288
• Parqueaderos para carros visitantes: 27

El postulante deberá tener en cuenta las siguientes funciones Principales del Administrador(a):

1. Convocar reuniones ordinarias o extraordinarias, sometiendo para la aprobación de los asambleístas inventarios, balances generales de cuentas y presupuestos de gastos e ingresos anuales.
2. Responsable, directa o indirectamente, de las actas de asamblea, registro de propietarios y residentes, y gestión de la correspondencia referente al conjunto o edificio.
3. Publicar y difundir entre propietarios y residentes las actas de asambleas o del consejo de administración, según corresponda.
4. Preparar y presentar al Consejo de Administración las cuentas anuales, el informe para la Asamblea General anual de propietarios, el presupuesto de ingresos y egresos para cada vigencia, el balance general de las cuentas del ejercicio anterior, los balances de prueba y su respectiva ejecución presupuestal.
5. Llevar bajo su dependencia y responsabilidad la contabilidad del edificio o
conjunto.
6. Administrar los inmuebles y bienes que conforman la propiedad horizontal.
7. Cuidar y vigilar los bienes comunes, así como ejecutar los actos de administración, conservación y disposición de los mismos, conforme con las facultades y restricciones del reglamento de propiedad.
8. Cobrar y recaudar cuotas ordinarias y extraordinarias, multas, y en general, cualquier obligación de carácter pecuniario.
9. Elevar a escritura pública y registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal aprobadas por la asamblea general de propietarios, e inscribir ante la entidad competente todos los actos relacionados con la existencia y representación legal de la persona jurídica en el caso que se requiera.
10.Representar judicial y extrajudicialmente a la persona jurídica y conceder poderes especiales para tales fines, cuando la necesidad lo exija.
11.Notificar a los propietarios sobre las sanciones impuestas en su contra por la asamblea general o el consejo de administración, según sea el caso, por incumplimiento de obligaciones.
12.Hacer efectivas las sanciones por incumplimiento de las obligaciones previstas en esta ley, en el reglamento de propiedad horizontal y en cualquier reglamento interno (manual de convivencia), que hayan sido impuestas por la asamblea general o el Consejo de Administración, según el caso.
13.Expedir el paz y salvo de cuentas con la administración del edificio o conjunto cada vez que se produzca el cambio de tenedor o propietario de un bien de dominio particular.
14.Cumplir con las demás funciones previstas en la presente ley, en el reglamento de propiedad horizontal, así como las que defina la asamblea general de propietarios.

Agradecemos su atención y participación en este proceso fundamental para la gestión eficiente de nuestro conjunto residencial.

Atentamente,

Consejo de Administración
Conjunto Residencial Caminos de Granada PH - Engativá, Gran Granada

4 de julio · Salario: $ 2.900.000,00 (Mensual)